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LA ILEGALÍSIMA HUELGA DE JUECES

Juzgado

 

El lunes se celebra un Pleno Extraordinario del Consejo General del Poder Judicial para decidir si se sancionará a los jueces que secunden la huelga.

A este respecto, ya habrán escuchado el argumento fundamental contra la medida. Lo abordó, por ejemplo, Leire Pajín: “Muchos ciudadanos se han preguntado cómo es posible que un poder del Estado pueda ponerse en huelga” (¿quién no se ha cruzado con algún confuso ciudadano, mascullando aturdido la cuestión?).  Tras negar que a su juicio tal cosa pueda suceder, afirma que si es necesario se hará alguna reforma “puntual” en la ley (supongo que se refiere a que, contra toda costumbre, se hará cumpliendo los plazos que se prevean), aunque hace enfático hincapié en el hecho de que en ningún sitio se regula el derecho a la huelga de los jueces. En el mismo sentido, el Ministro de Justicia afirmó que “Es incompatible ser poder del Estado y ponerse en huelga“.

Igual de categórico es Juan José Solozábal en su artículo “Sin derecho de huelga”. No me resisto a citar un breve pasaje del mismo:

“Ninguna norma, comenzando por la Constitución, reconoce el derecho de huelga a los jueces, que –parece ocioso recordarlo- no son trabajadores, sino poder del Estado…”. 

Alguien que se empeñase en no entender estas irrefutables afirmaciones podría decir, con muy mala idea y tras leer (de reojo) el artículo 28 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea o el artículo 28.2 de la Constitución Española, aquel latinajo de Ubi lex non distinguit nec nos distinguere debemus. Reaccionarios…

Pues bien, llegados a este punto no puedo hacer otra cosa que adherirme sin matices a los argumentos expuestos: Los jueces no se pueden declarar en huelga porque son un poder del Estado, y los poderes no se ponen en huelga, se ponen los trabajadores. Para evitar el engorro de tener que escribir otro post cuando se dé el caso, pues en este país somos de lo más protestones, quiero también dejar aclaradas algunas dudas que pronto pueden surgir:

  1. Los jueces no tienen derecho a cobrar un sueldo a fin de mes, pues -parece ocioso recordarlo- no son trabajadores, sino poder del Estado, y los poderes no cobran sueldos, lo hacen los trabajadores.
  2. Los agricultores, como los jueces, tampoco tienen derecho a la huelga, pues son el sector primario, y los sectores (como los poderes) no se pueden poner en huelga.
  3. Los aficionados del Real Betis Balompié no tienen derecho a la atención sanitaria gratuita, pues ninguna norma, “comenzando por la Constitución”, prevé tal privilegio en favor de este colectivo.

En definitiva, si los jueces tienen el capricho de averiguar qué se siente estando en huelga, lo que tienen que hacer es pedir una excedencia, cambiar la toga por un mono azul, ir con un martillo en la mano a afiliarse a algún sindicato y, aprovechando los días ociosos de la huelga que se convoque, acudir con un megáfono a alguna manifestación. Y si no están dispuestos a hacer las cosas bien, pues que no las hagan y que dejen de molestar, caray.

Published in: Uncategorized | on February 6th, 2009 | 7 Comments »