ROMPIENDO LANZAS, HACIENDO AMIGOS (I): LA SGAE

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En esta sociedad nuestra, amante del despelleje más que del fútbol y habitualmente calentada por las esquirlas sobrantes de las brasas reutilizadas de las leñas del árbol caído, cada cierto tiempo se señala un objetivo con el cartel de “barra libre”. Una vez fijado por la mano invisible que mece la indignación, cualquier ciudadano puede sacar su nombre a la palestra y comenzar a patearlo, con la certeza de no correr riesgo de ser rebatido e incluso de poder contar entre sus interlocutores con compañeros de ensañamiento.

La víctima de este ritual puede ser de lo más variopinta, persona física o jurídica, hombre o mujer, político o artista, individuo o colectivo. Es una lotería que a cualquiera puede tocar; y llegado ese instante de infortuna, ahórrese el elegido cualquier intento de razonar, blandir argumentos o siquiera replicar. Sufra, aguante y espere a que arrecie el temporal, que excepto en Santiago de Compostela nunca llovió que no escampara.

Hubo un tiempo en que el distinguido fue el ministro socialista Fernando Morán. Llegó un momento en el que resultaba rarísimo escuchar aquél apellido sin ir precedido por “chiste de”. Años más tarde sería la popular Esperanza Aguirre (aún hoy encontrarán a quien jure haberle oído decir aquello de “Sara Mago”). Otros insignes titulares (algunos recurrentes) del cargo de monigote cuyo apaleo nunca recibe rechiste han sido Estados Unidos, Bill Gates (y Microsoft), Prados García, la Iglesia, las empresas Farmacéuticas, David Bisbal, Carlos de Inglaterra, Antonio Lobato, Silvio Berlusconi, el Pocero de Seseña, el Juez Tirado o Iván Campo. Fueron el objetivo y machacarles era gratis.

Escribo estas líneas porque en estos días estamos asistiendo a una coronación en la condición de apestado de las que marcan una época, siendo más difícil encontrar un defensor del nuevo mono de goma que de Osama Bin Laden. Se trata de la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES (SGAE). A diario se suceden noticias del tipo “La SGAE atraca con un buldócer a unos niños hambrientos” “La SGAE inyecta veneno en las tuberías del agua potable” o “La SGAE amenaza con retirar todos los aparatos de respiración asistida de los hospitales que no paguen canon”. Así que esta primera lanza hacedora de amigos quiero romperla en favor no ya de la entidad de gestión, sino de la variedad en el debate:

  • Muchos habrán oído que la SGAE cobra a diestro y siniestro sin comprender muy bien cuál es su función. Trataré de explicarla con un breve ejemplo. Cualquier empresa de comunicación gana millones de euros explotando frecuencias de radio y televisión, gracias a los niveles de audiencia que consiguen. Esta audiencia no se adhiere (por lo general) a las cadenas por sus estupendos anuncios, sino por los contenidos creativos que por ellas se emiten. Por decirlo de alguna manera, las empresas de comunicación ponen las “tuberías” y los creadores ponen el “petróleo” que va por ellas. A primera vista, parece un poco injusto que sean los primeros los que se queden con todos los beneficios del negocio, aunque, también a primera vista, parece muy complicado evitar que sea de otro modo. Pero hete aquí que en todo el mundo existen las entidades de gestión colectiva (como la SGAE) de modo que si un chaval de Teruel (existe) compone una canción, y esa canción es utilizada en la publicidad de una academia de peluquería emitida en una radio local de Almería, generando con ello beneficios tanto a Radio Almería como a la Academia Peluquines, nuestro amigo de Teruel percibirá una pequeña retribución por su creación (con la que todos los demás han ganado más que él) a través de la SGAE. Es sencillo comprender que esta gestión de los derechos no se puede hacer sin la mediación de una entidad de gestión, a menos que el activo creador tenga la capacidad de escuchar y ver simultáneamente todas las radios y televisiones del mundo, y asistir al mismo tiempo a cuantos locales de ocio pueblan el planeta, con la esperanza de reconocer de pronto su obra. Así, mucho más complicado que el ejemplo del turolense sería el caso de un autor de un remoto pueblo de Chile cuya canción llena los minutos de la multimillonaria BBC, pero habiendo entidades homólogas a la SGAE tanto en Chile como el Reino Unido, el autor percibe la cantidad que le corresponde. Por el camino se queda, obviamente, un porcentaje necesario para cubrir los gastos de mantener el complejísimo sistema de recaudación de los derechos de autor (el denominado “descuento de administración”) que, por cierto, en el caso de SGAE es de los más bajos de toda Europa.

 

  • Muchos habrán oído que la SGAE se cuela en las bodas para recaudar derechos de autor, y se habrán llevado las manos a la cabeza. Lo que probablemente no sepan (a menos que, como un servidor, hayan dado feliz cumplimiento al sacramento del matrimonio en fechas recientes) es que en absolutamente todos los establecimientos donde se organizan banquetes de boda, a los novios les cobran increíbles cantidades de dinero por ponerles música (en torno a los 600 euros de media en Madrid). Parecería un poco injusto que ese dinero (que los novios deciden pagar) se lo quede alguien cuyo papel es darle al PLAY, mientras que los titulares de esa música (no todos son Alejandro Sanz, por cierto; muchos viven en situaciones realmente difíciles) no ven ni un duro. Es decir, la SGAE no reclama NADA a los novios, sino que exige a quien se lucra hasta el hastío con la música de otros que abone a sus titulares una mínima parte de los beneficios que esas obras le reporten. A veces, no queda más remedio para probar que se está utilizando el repertorio de la entidad de gestión que enviar a un detective a comprobarlo, y nada cabe objetar a ello mientras se respete en el trámite la legislación vigente al respecto (Sección VI del Capítulo III de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada; y Sección VI del Capítulo II del Título II del Reglamento de Seguridad Privada aprobado por Real Decreto 2364/1994). En el sonadísimo caso que ha saltado a los medios en las últimas semanas (con inmenso retraso), la “condena” a la SGAE no provenía de ningún Juzgado ni tenía nada que ver con el hecho de enviar a un detective para demostrar que se estaba haciendo un uso ilegítimo de su repertorio, sino que provenía de la Agencia Española de Protección de Datos y se limitaba a sancionar el hecho de que no se hubieran difuminado los rostros de los asistentes.

 

  • Muchos habrán oído que la SGAE se enriquece cobrándonos a todos un impuesto (el “canon”) por si pirateamos, y se habrán llevado las manos a la cabeza. Lo que probablemente no sepan es que 1.-La Compensación Equitativa por Copia Privada no se trata de ningún impuesto, tasa o canon, tal como ya se encargó de aclarar el Tribunal Supremo en varias Sentencias (SSTS de 10 de febrero de 1997 y de 25 de octubre de 2005). 2.- El “canon” no se paga por si pirateamos, sino precisamente por las copias legales que se hacen.3.- El “canon” no lo pagan los ciudadanos: El sistema (vigente en España desde 1987, y desde mucho antes en otros países de nuestro entorno) se fundamenta en que, habiendo unas empresas que ganan mucho dinero por vender material utilizado para reproducir obras y prestaciones, y siendo que los titulares de esos contenidos no perciben nada a cambio (una vez más quien pone la tubería se queda con todos los beneficios, y quien pone el líquido, con nada), se establece que ESAS EMPRESAS (y nunca, nunca, nunca, nunca, nunca, nunca los ciudadanos) abonen una misérrima parte de sus beneficios a los distintos titulares de las creaciones intelectuales.  Obviamente, en el cálculo de esas cantidades se tiene en cuenta que muchísimos soportes no se utilizan para la reproducción de obras y prestaciones protegidas por derechos de propiedad intelectual, pues de otro modo el importe del “canon” sería el mismo que el de una copia original. En resumen, la obligación de pago recae sobre los fabricantes e importadores de equipos, aparatos y soportes (art. 25.4.a/ TRLPI). 4.- Se dice también que el “canon” encarece los CDs y DVDs. El hecho es que sus precios responden a las reglas de mercado: son siempre los máximos que el consumidor está dispuesto a pagar, y esos máximos no varían por la supresión de un coste de producción. Para muestra un botón: A raíz de los acuerdos ASIMELEC, el importe del “canon” sobre los CDs se redujo el 1 de septiembre de 2003 en un 36,7%, sin que ello tuviera ninguna clase de reflejo en su precio. 5.- Las entidades de gestión no se enriquecen ni con el “canon” ni con ningún otro recurso, ya que no son más que la suma de sus miembros (autores y editores en el caso de la SGAE), carecen de ánimo de lucro (el resultado de sus cuentas es cero),  es auditada por imperativo legal todos los años y se encuentra bajo el control del Ministerio de Cultura (a través de la Subdirección de Propiedad Intelectual) y las comunidades autónomas. 6.- Al tratarse de un derecho de gestión colectiva obligatoria, no se liquida solo entre los socios de SGAE sino entre todos los autores, aplicando criterios objetivos (mundialmente empleados) para la determinación del reparto. 7.- El sistema, que como he dicho se aplica prácticamente en todo el mundo (en la Unión Europea, es OBLIGATORIO establecer el sistema de compensación para permitir las copias privadas, en virtud de lo establecido en el artículo 5.2.b/ de la Directiva 2001/29/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, de modo que en los poquísimos países que no tienen “canon”, copiarse un CD es nada menos que un delito), consiste sencillamente en la socialización de un daño, atribuyendo su compensación al sector más favorecido por el mismo, sin imputarle con ello ninguna culpa, sino mediante el establecimiento de una obligación de carácter civil. La gestión de este derecho corresponde a las entidades de gestión colectiva, en representación de todos los titulares (por cierto, CEDRO recauda más del doble por el ”canon” que SGAE) y, en el caso de los CDs y DVDs, se lleva aplicando desde el primero que se fabricó en o importó a España (lo del “canon digital” no fue más que la determinación de criterios distintos para estos soportes que para los analógicos, dejando de utilizar para los primeros el valor tiempo, de modo que con su entrada en vigor, la única consecuencia fue que el importe del canon en todos estos soportes SE REDUJO). 8.- El sistema fue aprobado y mantenido tanto por el PP como por el PSOE. Asociar la gestión colectiva a una ideología política es tan ridículo como hacerlo con la pertenencia a un equipo de fútbol. Curiosamente, en Francia ocurre lo contrario: Se asocia el canon, el derecho de autor y la SACEM (la SGAE francesa) al partido de Sarkozy, como aquí pasaba antes del reciente cambio de tornas. Obviamente, entre los 88.000 miembros de SGAE podrán encontrar gente de izquierdas, de derechas, muy de izquierdas, muy de derechas, nacionalistas, carlistas y mediopensionistas. 9.- En conjunto, se podrá estar de acuerdo o no con el sistema del “canon” (faltaría más), pero es una pena que para atacarlo se utilicen argumentos que faltan objetivamente a la verdad (placenteramente difundidos por, oh casualidad, los principales deudores de las entidades de gestión).

Dicho todo lo anterior… ¡QUÉ DIABLOS! No seré yo quien venga a enturbiar el deporte nacional del escarnio colectivo, y muchísimo menos en pleno proceso de pretender ganarme el favor del público de internet. Retiro todo lo dicho (¿puede alguien asesorarme sobre cómo borrar este post?), y en su lugar arengo: ¡NO A BILL GATES!…digo, ¡NO A LOBATO!…digo ¡NO A LA SGAE!

Published in: Uncategorized | on February 10th, 2009 |

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19 Comments Leave a comment.

  1. On 10/02/2009 at 18:06 Andy Ramos Said:

    Me estreno como comentarista de tu esperadísimo blog, querido amigo Ricardo.

    Excelente y atrevido post, sobretodo en los tiempos que corren, donde posicionarte a favor de SGAE te convierte en enemigo de la sociedad, mientras que si lo haces en contra permite darte una publicidad gratuita y a todas luces injustificada.

    Soy un gran defensor del papel de las entidades de gestión, y cuando hablas con colegas de otros países, te das cuenta de que nuestra demonizada SGAE es una de las mejor valoradas en el extranjero, especialmente en latinoamérica.

    Es obvio que la SGAE ha cometido (y comete) innumerables errores (¡como cualquier otra entidad!), y que su gestión es claramente mejorable, pero la campaña de acoso y derribo que está sufriendo en la actualidad es completamente inmerecida. Además, generalmente se le ataca por asuntos perfectamente justificables, cuando se desconocen esas cosas mejorables que descubrimos los que trabajamos en este sector.

    Enhorabuena por el post, y bienvenido al mundo en el que, por no vilipendiar a la SGAE, eres repudiado y denostado.

    Saludos

  2. On 10/02/2009 at 20:36 What’s Happening? » Blog Archive » [Guia] Grabar Archivos . Iso En Memoria Usb Para Instalar Linux … Said:

    [...] AL DERECHO » Blog Archive » ROMPIENDO LANZAS, HACIENDO AMIGOS (I … [...]

  3. On 11/02/2009 at 01:05 Rompe-y-RaSGAE Said:

    Patético post, donde los haya. Aunque reconozco que no he sido capaz de leer más allá de la explicación a los “espionajes bodorriales”. Me quedo con la la primera parte, que justifica el canon a los medios de comunicación. Nada que objetar. Lo que no explicas es por qué, si ya la radio/tv/etc, ha pagado por unos derechos de emisión, ha de pagarlos de nuevo el desgraciado que tiene una tele en su taberna. ¿No se supone que Tele5, por ejemplo, no ha pagado ya por emitir esa, pongamos, canción de Bisbal? ¿No se supone que paga por el derecho a que todos los españoles vean ese programa en su televisor? Está claro que ningún programa tiene un 100% de “share”, pero potencialmente sería posible, ¿no? El señor del bar paga un canon, pero por emitir algo que cualquier español podría estar viendo gratis en su casa, y por lo que ya pagó el canal. Ah, no, si el españolito lo graba, también pagará, a través del soporte. Paga Tele5, el del bar, y yo por grabarlo. ¿Y quén cobra tres veces, tres? Espera, que encima con mis impuestos pago los anuncios de “ahora la ley actúa”. Y que no me coincida ver el programita en un autobús, que pagaré otra vez, en el billete. ¿Así que nunca nunca nunca nunca paga el ciudadano? Nunca nunca nunca leí semejante tomadura de pelo. “Misérrimas cantidades”, ajá. Qué generosa es la gente con el dinero…de los demás. Bueno, algo que ganamos. Ya tenía el lector rss un pelín sobrecargado…

  4. On 11/02/2009 at 02:02 sitogr Said:

    Buff, no sé por dónde empezar, yo tan ensimismado con tu blog y zás en toda la boca! Lo primero, si has escrito este post tan fundamentado es porque tienes esa opinión al respecto, que ni tengo ni quiero hacértela cambiar. Simplemente es muy diferente a la mía.

    Es verdad, que la SGAE está siento fruto noticia casi todos los días. Pero eso no lo considero un escarnio ni injurias ni calumnias, son hechos, a menudos absurdos y carentes de sentido común que parecen más bien propios de una sección humorística. El que esto les perjudique no es por los medios, sino por la opinión que se forma la gente a raíz de estas noticias. Yo mismo títule un post en mi blog: Estoy harto de tanta chorrada de la SGAE. Porque si crees que no podías ver más, al día siguiente se superan, pero ¿eso va contra en su contra o lo promueven ellos mismos? Porque cuando no hay noticias, salen Ramoncín o Teddy Bautista o cualquier otro personaje (de dudosa calificación artística) diciendo unas declaraciones “sorprendentes” y convirtiéndose ellos mismos en noticia. Eso lo llamo autopublicidad (sea bien o mal, que hablen y así hay debate) o necedad (pues no es más tonto el que menos sabe sino que el que se cree que todo lo sabe).Al fin y al cabo el respeto cada uno se lo gana por sus actos y ese es el de la SGAE.

    No voy a discutir la utilidad y necesidad de las entidades de gestión, lo que si voy a discutir es su actual funcionamiento.

    Lo del caso del detective de la boda…un profesor mío dijo simplemente: ¿y no sería mejor qué hubieran pagado el vídeo de la boda a un invitado como Salsa Rosa en la boda de Farruquito y les hubiera salido más barato? He de decir que en ese negocio redondo (le dediqué otro post) la SGAE ganó 43.149€ al salón de bodas, y fue multada por la Agencia Protección Datos con 60.101 = -19.922€

    Otra cosa mariposa, no discutiré sobre la naturaleza del canon, pues hay mucha gente que tiene una opinión equivocada sobre su naturaleza. Eso lo llamo falta de marketing, bueno también es que cualquier cosa que sea gravar al consumidor para enriquecerse unos cuantos, por lo general, es impopular. Porque las empresas no van a asumir el canon sin repercutirlo en el precio, eso está claro. El que un precio sea de valor de mercado y se pague, no significa que por ello no sea caro o injusto, el mercado y más el liberal es lo más injusto que hay, para eso está el Estado Social, para corregirlo.

    Lo de “las entidades de gestión no se enriquecen”, pues yo 377,2 millones de euros en 2007 lo veo por lo menos, ganar algo, cuanto menos un poquito ;) Y lo del control por el Ministerio y las CCAA, auditorías,… Tened claro que si yo ganara 377.2 millones de euros, no hay un error ni una infracción en las auditorías ni queriendo, que en España somos todos discípulos del Lazarillo de Tormes. ¿Que no le gusta la auditoría? no se preocupe que tenemos otra :P

    Luego lo del reparto entre los autores, pues si son 91.200 (NO 88.000, que pueden ser 91.202 o 91.198, pero por ahí está) y el reparto de la compensación se realiza a 31.626, pues eso es un tercio. Hombre muy equitativo, muy igualatario, no es. Y luego si la diferencia entre el supuesto reparto y los ingresos es de 9 millones de euros, pues ahí por lo menos tienes para… puff :S

    ahh y por último, que el sistema lo conservaran los dos principales partidos no significa que sea el correcto, la Justicia lleva sin reformarse una pila de años y eso no significa que funcione bien. Pero sí hay que decir y reconocer, que el que aprobó el aumento de las cantidades del canon fue el PSOE, el que se hizo la foto con Alejandro Sanz y compañía (todos eso sí, iban harapientos y descalzos) era Zapatero y el que llevó como bandera el no al canon con la promesa de su eliminación, la creación de una Agencia de Propiedad Intelectual y un sistema más justo de compensación por copia privada fue: el PP, fuera una medida electoralista o no. Eso son hechos, guste o no.

    Menos mal que iba a ser breve.

    Un saludo y a seguir escribiendo.

    Sitogr
    http://disposicionesadicionales.blogspot.com

  5. On 11/02/2009 at 08:33 Javier Muñoz Said:

    Ricardo, acabas de granjearte la enemistad eterna del 99,999% de la ‘blogosfera’ con tu excelente reflexión contra corriente, que desmonta buena parte de los lugares comunes que abundan en este asunto. Para colmo, del ordinal romano que encabeza el artículo se deduce que habrá secuela..¡Que no te pase nada ;-)!

  6. On 11/02/2009 at 08:47 Migue Ángel Said:

    Acabas de tener un suscriptor más, tratando así los asuntos valen todas las opiniones sobre el tema, dejándose llevar por cuatro titulares mal leídos, no.

  7. On 11/02/2009 at 09:18 Mikel Said:

    Efectivamente, las Sociedades ded Gestión son necesarias por ahora y la SGAE actúa dentro de la legalidad, con los habituales errores de gestión y meteduras de pata que todos podemos cometer en el ejercicio de nuestros derechos y deberes. La cuestión es debatir sobre quién y por qué se promueven las normas legales en vigor, el contenido de los derechos de propiedad intelectual y sus límites. La cuestión de la propiedad siempre es la misma: el debate sobre sus límites. Vinculado a cuestiones como la presunción de inocencia (¿por qué se presume que utilizo los CDs para copiar obras ajenas?), el acceso a la cultura (propuesta para cobrar canon en las librerías públicas), previsiones legales para promover, no sólo el copyright, sino también el copyleft, etcétera.

    Un saludo

  8. On 11/02/2009 at 09:57 Alberto Said:

    En favor de esa variedad en el debate que mencionas, creo que a tu detallado análisis de cumplimiento de la legalidad y derecho comparado le falta un complemento. A lo mejor, como dice Javier más arriba, el ordinal romano que anuncia próximos capítulos desarrolla tus ideas en este sentido.

    Yo creo que lo que hace especialmente antipática a la SGAE no es el cumplimiento (con más o menos errores) de la legislación a la que haces referencia, ni que su actuación sea o no un caso aislado en el mundo, sino el ataque frontal que está haciendo a todo lo relacionado con los nuevos medios para disfrutar de las obras cuyos derechos gestiona.

    Las manifestaciones públicas (al menos las que se difunden en los medios “tradicionales”) de sus dirigentes y portavoces se centran en la crítica y la satanización de los usuarios y en presionar al gobierno para que intervenga en la privacidad de las comunicaciones más que a buscar alternativas creativas y constructivas que les permitan seguir gestionando eficaz y eficientemente los derechos de sus asociados.
    Es esa postura de defender su mundo de la evolución y no querer mirar al futuro de forma constructiva lo que genera rechazo. Se les percibe como radicales, y eso genera radicalismo en la contraparte.

    En 1838 Charles Darwin escribió que “no es la especie más fuerte la que sobrevive, ni la mas inteligente, sino aquella que se adapta mejor al cambio”, y parece que la SGAE apuesta por la fuerza, y no por la adaptación. ¿Sobrevivirá con este modelo? ¿Logrará sus objetivos?

  9. On 11/02/2009 at 12:20 rgcabaleiro Said:

    Hola a todos:

    Voy a intentar dar respuesta a los anteriores comentarios:

    A Andy: Bienvenido a tu casa, el “¡no estás sólo!” que tantas veces te he dirigido en otros foros lo reitero ahora desde este humilde rincón de la red.

    A “Rompe-y-RaSGAE”: Lamento que no te haya gustado el post, lamento no haber conseguido mantener tu atención más allá del punto de las bodas y lamento la expulsión de tu lector rss, ya que esta circunstancia probablemente impida que leas la dúplica (o la parte de ella que resulte aceptable). En cuanto a lo de cobrar a los locales cuando ya se cobra a las televisiones, he de decirte que son hechos distintos. Los locales que libremente así lo decidan contratan licencias para la explotación del repertorio de las entidades de gestión mediante comunicación pública secundaria. Se trata de hechos generadores distintos y de operadores distintos. Da que pensar el hecho de que prácticamente todos los locales consideren rentable contratar con las entidades de gestión (que, repito, es un hecho voluntario). En cuanto a que “el españolito” paga por grabar a través del soporte, tienes la respuesta en la parte del post que no leíste (la siguiente a lo de las bodas). Si tras su lectura sigues pensando eso, con mucho gusto vuelvo a este tema. En cuanto a lo del autobús, efectivamente, si una empresa de autobuses quiere ofrecer un servicio mejor que el de la competencia explotando obras y prestaciones protegidas, deberá obtener la autorización de sus respectivos titulares.

    A “sitogr”: El control al que están sometidas las entidades de gestión es superior al de las ONG. No creo que se deba insinuar constantemente que se hacen trampas, porque es nada menos que imputar delitos sin ninguna prueba. Las empresas que llevan a cabo las auditorías no tienen nada que ver con SGAE. También les controla el Ministerio de Cultura, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Industria, la Subdirección de Propiedad Intelectual, las Comunidades Autónomas, Hacienda y los propios interesados en los repartos a través de los diferentes órganos de gobierno. Y por si fuera poco, en más de una ocasión también han tenido la palabra la fiscalía y los juzgados y tribunales, por las numerosas acusaciones a las que normalmente se tiene que enfrentar, cuyo resultado hasta ahora solo ha sido una importante colección de condenas por injurias y calumnias. En cuanto a lo del último párrafo, incurres en dos errores objetivos. En primer lugar, con la aprobación de la Orden Ministerial que se vino en llamar “Canon Digital”, no solo no se aumentaron las cantidades, como afirmas, sino que se redujeron TODAS. Te ruego que, en lugar de creértelo porque lo diga yo, lo compruebes tú mismo comparando los importes anteriores a su aprobación (art. 25.5 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, RD 1/1996, que puedes consultar aquí: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.l1t2.html#a25 ), con los establecidos en la Orden Ministerial de 18 de junio de 2008 (OM PRE/1743/2008, que puedes consultar aquí: http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/19/pdfs/A27842-27844.pdf ). Sin embargo, en los medios de comunicación se dijo que se estaba aprobando un nuevo “canon” (que en realidad existía desde hace más de 20 años, afectando a cualquier soporte inventado o por inventar). Lo sorprendente fue que un partido, sin duda mal asesorado, dio por buena esa afirmación e incluso prometió, como dices, eliminar el canon si ganaba las elecciones, ignorando que es algo que no podía hacer, como digo en el post, por imperativo de lo establecido en el artículo 5.2.b/ de la Directiva 2001/29/CE (es decir, hubiera sido exactamente lo mismo que le pasó al otro partido cuando propuso reducir el IVA de los libros).

    A Javier: Gracias por tu comentario, aunque creo que falta algún 9 detrás de la coma. Al menos, constato que el título del post (“haciendo amigos”) era acertado. En cuanto a lo del ordinal romano, llamo la atención sobre el hecho de que va delante de los dos puntos, es decir, mi intención era que el “…haciendo amigos (II)” fuera sobre algún otro tema controvertido en el que yo defienda una posición distinta a la generalmente aceptada. No sé si ya tendrá sentido, puesto que creo que con éste ya he conseguido todos los amigos que se pueden tener.

    A Migue: Muchísimas gracias y bienvenido.

    A Mikel: Tal como explico en el post, nadie presume que utilices los CDs para utilizar obras ajenas. En cuanto a la “propuesta” para cobrar un canon en las bibliotecas públicas, no es una propuesta sino una norma ya en vigor: Los artículos 1 y 5 de la Directiva 92/100/CEE obligan a que se remunere a los autores por el préstamo de sus obras. En octubre de 2006, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas condenó a España por eximir a las bibliotecas de esa retribución (aquí tienes la sentencia: http://www.fesabid.org/federacion/gtrabajo/bpi/sentencia92100cee.pdf ). Posteriormente, mediante la Disposición Final Segunda de la Ley 10/2007, España dio cumplimiento (con enorme retraso) a su obligación (aquí tienes el texto: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l10-2007.html#df2 ), quedando así modificado el artículo 37 de la Ley de Propiedad Intelectual. Sin embargo, lo que es importante señalar (en contra, por enésima vez, de lo que se difundió en los medios de comunicación) es que este “canon” jamás podrá implicar un pago por parte de los usuarios ni se les podrá repercutir de ninguna manera, porque se establece para el PRÉSTAMO que (por definición legal) tiene que ser GRATUITO (art. 19 TRLPI).

    A Alberto: Yo creo que lo de que el problema de SGAE es ir contra los tiempos o no adaptarse a los medios es un tópico. Te propongo que te pases un rato por http://www.yes.fm y después me cuentes (en serio). Para mí, el problema de SGAE es que es la principal entidad de gestión de un país en el que no se tiene el más mínimo respeto por la propiedad intelectual. Para que te hagas una idea, en el Informe de la IFPI hay un apartado con la lista de países en “situación inaceptable” en cuanto a la vulneración de la propiedad intelectual, ¿sabes cuáles son? Tailandia, Pakistán, Brasil, China, México, Paraguay, Rusia, Taiwán, Ucrania y España. Esto debería llenarnos de vergüenza. Y EE.UU. ha incluido a España en la lista negra de la E.L.301, que incluye a los países donde no se respeta ni se protege la propiedad intelectual. Y los niveles de piratería digital de España son los más altos de toda la Unión Europea (incluidas las nuevas incorporaciones). Pero eso sí, con todo lo anterior, que es para echarse a llorar, somos los que nos ponemos en pie de guerra contra cualquier medida de protección de la propiedad intelectual y contra sus representantes y defensores. No, definitivamente no creo que el problema sea de anquilosamiento de la entidad de gestión, sino de un auténtico amotinamiento civil para cuya superación habrá que luchar mucho, contra viento y marea, si es que queremos dejar de ser un país tercermundista en lo que a protección de la creatividad y la cultura se refiere.

    Saludos y gracias a todos por participar.

    Ricardo.

  10. On 11/02/2009 at 15:56 Alberto Said:

    Ricardo: Muchas gracias por tomarte la molestia de la réplica. Conozco yes.fm y otros servicios similares, y también conozco los datos que mencionas, realmente son como para avergonzarse. Pero en mi opinión el hecho de que en España haya poco respeto para la propiedad intelectual no es razón para asumir posturas radicales, sino para ser aún más creativo en la búsqueda de soluciones.
    Si se dice que algo es delito cuando (de acuerdo a lo que van diciendo los tribunales) no lo es, se corre el riesgo de que el acusado de delincuente se moleste y reaccione de forma tan radical y desmesurada como el acusador. Y me temo que eso es lo que está pasando.

  11. On 11/02/2009 at 18:49 sitogr Said:

    Estimado Ricardo: gracias por la respuesta, pero en cuanto a mi contestación,modifica el link de noticias.jurídicas.com pues las cantidades del canon están reformadas de acuerdo a la ley 23/2006 TRLPI, las cantidades del canon por copia privada en la ley del 1996 estaban en pesetas y puedes verlas aquí: http://www.acett.org/documentos/lpi_1996_texto_refundido.pdf

    Si comparamos la el TR 1996, la ley de 2006 y la Orden de 2008. Las cantidades del Canon bajan de 2006 a 2008 y se incrementan con esta orden (http://www.todoscontraelcanon.es/IMG/pdf/boetarifascanon.pdf)
    Así, de fotocopiadoras de 10 a 29 copias pasa de +-121€ pasa a 127, y de 30 a 49 de 162€ a 169€, ¿puede que sean las más comunes?puede. Además se introduce para más 70 copias a 227€. El resto bajan eso sí. Pero las fotocopiadoras son lo de menos. Veamos.

    La reproducción de fonogramas era 0,60€ para todo En el 2008, se introducen no sólo una compleja especificación de lo que se consideran reproductores (incluyendo memorias USB, tarjetas de memoria y teléfonos móviles, que puedan reproducir música, esto es TODOS o casi guau!) pues ahora, aunque bajan unas cositas como los cd, otras como pasan comolas grabadoras de discos versátiles mixtos o de discos compactos y versátiles a 3,40 euros por unidad, discos duros = 12€, mp3= 3,15 y móviles=1,10.

    Vamos a ver… de 0,60 en todo a estas cantidades ¿ha subido o no? y si encima gravamos más productos que antes no estaban grabados, ¿se gana más o menos? Será que las entidades de gestión van a perder con la reforma cuando todas se congraciaron, sus cuentas habrán hecho.

    Sigo, lo que antes unicamente se gravaban en fotocopiadoras (equipos o aparatos de reproducción de libros o publicaciones) que solía haber en copisterias u oficinas (no mucha gente solía tener fotocopiadora en su casa), ahora se gravan también: impresoras, fax, escáner. Qué me expliquen quien manda copias de libros por fax, por favor.Por cierto los precios son 7,95 y 10€ ahh, y de esas si que suele haber en las casas, por lo menos impresoras.

    Los reproductores de videogramas y fonogramas se unen en 3,15, lo que se pierde con uno se gana con otro.

    Y otra cosa en las proporciones de cantidades entre entidades de gestión, la SGAE representa a sobretodo obra musical, y guión, dirección y música de obra audiovisual. Los porcentajes de diferencia van de 79% al 19 y de 91% a casi un 8. Vale que son la mayoritaria y tal, pero es mucha diferencia, pero que mucha.

    Así que la cuestión no es si el “canon” sube o baja, sino que hay cosas por las que antes no se pagaba y ahora sí, y cosas muy generalizadas como el teléfono móvil o una tarjeta de memoria de una cámara de fotos.

    Que el “canon” de 2006 ha pasado de 1530 mill. € a 2074 mill. de € en 2008. No me explico que si bajan las tarifas cobren más, ¿no?

    Ricardo, he dicho que respetaba tu postura sobre necesidad, utilidad, etc. de las entidades de gestión, pero no manipulemos los datos a nuestro antojo, que eso ya lo hacen muy bien los políticos y se llama demagogia.

    Un saludo, y no abandonaré el blog. Me fascinan los retos ;)

    Sitogr
    disposicionesadicionales.blogspot.com

  12. On 11/02/2009 at 18:51 sitogr Said:

    Disculpa, hay una errata en mi comentario cuando digo “Las cantidades del Canon bajan de 2006 a 2008 y se incrementan con esta orden”, quiero decir las cantidades bajan de 1996 a 2006 y se incrementan con esta orden (la de 2008).

  13. On 11/02/2009 at 20:21 admin Said:

    Estimado sitogr,

    Gracias una vez más por tu interés.

    Comienzas pidiéndome que cambie el link de noticias.juridicas.com ya que “las cantidades del canon están reformadas de acuerdo a la ley 23/2006 TRLPI”. Me temo que tu consejo, aunque de agradecer, es erróneo. En primer lugar, no existe la Ley 23/2006 TRLPI (TRLPI son las siglas de Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, y es el aprobado por RD. 1/1996). Y en segundo lugar, lo que hace la Ley 23/2006 es precisamente modificar, mediante su artículo único, el TRLPI. El enlace de noticias.juridicas.com que puse arriba ya incorpora esas modificaciones (texto consolidado), como puedes comprobar si lo deseas.

    Por otro lado, lo que afirmo respecto a los soportes digitales sujetos a “canon” (el canon digital) es que todos bajaron, y lo mantengo, por la sencilla razón de que hasta ahora, la obligación legal venía determinada por los minutos de grabación posibles. Es cierto que el legislador del 87 difícilmente podía imaginar las posibilidades de almacenamiento actuales, pero el hecho es que no hizo una lista de soportes sujetos (de modo que los nuevos habrían estado excluidos), sino que estableció la compensación para todos los soportes, sin ninguna excepción. Cientos de sentencias se encargaron de confirmar que el valor tiempo (del que hablaba en el post) era de aplicación a los soportes digitales, lo cual, en aquél momento, estuvo a punto de llevar a la quiebra a las empresas que se habían resistido a cumplir con su obligación, circunstancia que no se llegó a dar gracias a una quita multimillonaria llevada a cabo por las entidades de gestión acreedoras. De este modo enlazo con otra reflexión que expones: “la cuestión no es si el canon sube o baja, sino que hay cosas por las que antes no se pagaba y ahora sí”. Por los argumentos antes expuestos, todas esas “cosas” tenían ya la obligación de pagar, a diferencia de ahora, que pagan solo las de la lista de la O.M., y en una cuantía, repito, inferior a la que resultaba de la aplicación de los valores-tiempo.

    En cuanto a las proporciones de las cantidades del canon entre entidades de gestión, siento decir que te equivocas. Si echas un vistazo a las cuentas de las entidades de gestión, te llevarás una gran sorpresa al observar que CEDRO recauda más del doble por copia privada (canon) que SGAE (y hay otras seis entidades más). En concreto, en 2007 (último año auditado), SGAE recaudó por ese concepto 20,47 millones y CEDRO 43,90. Tal vez el error provenga de confundir las cantidades recaudadas por el canon con las cantidades totales gestionadas, que nada tienen que ver con las del canon (pues la aplastante mayoría de los ingresos de SGAE provienen de otras partidas, como las licencias voluntarias). Una vez más te invito a no creerme sin más, así que si tienes tiempo, aquí tienes las cuentas auditadas de todas las entidades de gestión: http://www.mcu.es/propiedadInt/CE/GestionColectiva/Informesgestion.html

    Sobre el consejo de no caer en la demagogia, creo que difícilmente podría hacerlo aunque quisiera, pues dudo que exista una forma de defender la gestión colectiva que genere el favor popular, elemento necesario para incurrir en ese vicio. En cuanto a los “datos manipulados”, no hay ninguno, y si algún día lo hubiere en este espacio, no tendré inconveniente en corregirlo tan pronto como lo encuentre.

    Sobre tu última afirmación, celebro que no vayas a abandonar el blog. En primer lugar, porque si solo siguiéramos las fuentes que nos dicen lo que ya pensamos, muy poco recorrido tendrían nuestras posturas. En segundo lugar, porque estoy seguro de que algún post habrá de aquí en adelante con el que estarás de acuerdo…

    Saludos,

    Ricardo.

  14. On 20/03/2009 at 19:31 Victor Said:

    Vale, vale, hasta aquí muchos datos y leyes, pero ¿podría alguien explicarme por que cobran el canon dando por hecho que voy a utilizar esos aparatos para copiar obras de otros autores?, ¿no vulnera eso la presunción de inocencia?, ¿o no es así como funciona, y me estoy equivocando?, agradecería tu respuesta Ricardo.

  15. On 23/03/2009 at 14:00 Rafael Said:

    Personalmente, y aunque soy un “creativo” en proceso de acceder a la profesionalidad, estoy de acuerdo con quienes ven en actuaciones de la SGAE una conducta agresiva y meramente recaudadora.

    No hace mucho se dijo que la SGAE pretendía cobrar a las bandas de música que interpretan “música popular” (entiéndase por ello no el Paquito Chocolatero, si no tonadillas tales como jotas y similares). En mi ignorancia, y considerando que la SGAE representa a Individuos (de los cuales se supone defiende sus derechos), ¿quién es el autor cuyos derechos reivindican, y cómo les harán llegar los beneficios de ésta política?

    Por otra parte, creo que se debe reconocer que el Canon es una medida muy impopular sencillamente porque las empresas sobre las que recaía la obligación se han limitado a añadir éste valor al importe que pagaría el usuario. Puede que no aparezca en la factura reflejado, pero sabemos que lo estamos pagando.

    Otra nota… ¿qué sentido tiene incluir sí o sí los videos de la campaña contra la piratería en los productos originales? ¿Acaso no estoy cumpliendo con la ley? ¿Por qué lo primero que tengo que ver al poner mi DVD original en el reproductor es ese video de “Ahora la ley actúa”? Esa campaña debería limitarse a los medios audiovisuales (radio, tv), ya que se supone que es para “concienciar” a los infractores.

    Puede que en España no se respete la Propiedad Intelectual. Evidentemente, no tengo conocimiento de cuáles son los factores que se aplican para llegar a esas consideraciones. A lo mejor habría que conocerlos, y saber qué hace que en otros países no se produzca tanta vulneración de los derechos de los “creativos”. Sobre todo, porque no me creo que aquí tengamos una “cultura de la delincuencia” y en los USA u otros países la gente tenga un férreo respeto por la propiedad intelectual… ¿a lo mejor hay aspectos legales/comerciales que deberíamos conocer?

    Para terminar, insistir en que lo que la SGAE y el Ministerio de Cultura deberían hacer es plantearse el modo de conseguir que la gente no se sienta “criminalizada” por todas estas medidas que aparecen como un “ahhhh!! por si acaso te entran malas intenciones, toma en toda la boca”. Al fin y al cabo, lo que percibimos quienes estamos en la parte del “receptor de la creación” es que nos toca pagar más porque quienes nos lo venden han aumentado sus costes de producción por culpa de los “impuestos antipirateo”.

  16. On 11/05/2009 at 13:51 elperejil Said:

    Ole, ole y ole… esto es como defender a las brujas en plena efervescencia de la caza de las mismas. Pero el mérito no es sólo intentar llevar un poquito de luz y cordura a un tema tan polémico y del que la gente opina tan a la ligera, dejándose llevar por tópicos y el rumor de la masa, sino en hacerlo de forma tan clara y documentada. Enhorabuena.

    Desde mi carrera, estudié psicología si bien me dediqué a otras lides, intentaré contribuir, un poquito, a examinar el fenómeno. En un estudio sobre percepción social y toma de decisiones, se formaron dos grupos que tenían que emitir una serie de veredictos sobre unas personas y sus acciones. A uno de los grupos se le dieron pocos datos. Al otro grupo se le dio multitud de datos sobre esas personas y los hechos. Luego se les pidio que emitieran una serie de juicios sobre esos hechos y personas, y, finalente, se puso a los grupos a debatir sobre ello. El resultado fue que el grupo menos informado era mucho más radical y cerrado en sus posiciones a la hora de opinar y tomar decisiones (algunas claramente equivocadas o crueles al conocer todos los datos) que el grupo que estaba más informado. Y en el debate eran mucho más agresivos y menos dados a ceder o cambiar de postura ante los datos que aportaba el otro grupo.
    Así, cuanto menos se sabe de un tema, es más fácil tomar posiciones exageradas y radicales, y más fácil dejarse arrastrar por ese tipo de posturas demagógicas (el chivo expiatorio es un fenómeno muy propio de la demagogia, y más en tiempos de crisis… que se lo digan a las pobres brujas) de las que será difícil moverse. Al poseer más datos y conocer más a fondo un fenómeno, la cosa cambia… pero va a ser muy difícil comunicar o hacer cambiar de parecer a los demás, aún con el peso de la razón.

    Así que Ricardo, ánimo y siga iluminándonos con sus conocimientos pues, en mi caso al menos (quizá al conocer el experimento, jeje), estará encantado de cambiar de opinión siempre que el peso de la razón así me lo indique.

  17. On 04/07/2009 at 18:48 Interesado Said:

    Apreciado bloguero,

    Admirado por su capacidad de análisis y conocimento sobre temas legales le pido ayuda:

    Soy propietario de una agencia de viajes. De todos es sabido que la eclosión de internet nos ha hecho mucho daño, ya que los clientes se informan en nuestros establecimientos y posteriormente contratan el viaje por internet.

    Le propongo crear una asociación de gestión de derechos de autor de agentes de viajes. La idea sería aplicar algún tipo de canon sobre los sistemas utilizados para conectarse a internet de forma que compense el trabajo que realizamos los agentes de viajes. Creo que es justo ya que el trabajo lo hacemos y por lo tanto lo tenemos que cobrar.

    Espero con interés su respuesta.

  18. On 28/08/2009 at 15:06 Miguel Said:

    Blog interesante porque refleja la insuficiencia de los argumentos pro-SGAE.
    La primera parte es una falacia ad hominen… no se da ningún argumento a favor de la SGAE, sólo se intenta crear una situación de ‘pobre víctima’.
    Respecto al primer punto en negrita, olvida el autor que la SGAE TAMPOCO escucha todos los bares de España a ver qué pone la gente… sencillamente te cobra y punto, independientemente de qué música ponas (salvo que demuestres que NO es de la SGAE… ¿dónde está la presunción de inocencia?)
    Colarse en una boda, efectivamente, NO es delito en España, y por eso la SGAE no fue condenada por ‘colarse en una boda’. Pero sí por otro delito que llevaba aparejado ese comportamiento. Por otra parte, colarse en una boda, ilegal o no, es francamente, muy ruin y refleja una catadura moral más que dudosa e impropia de una sociedad de esa ‘importancia’ y ‘valor cultural’.
    Respecto al canon, como todo el mundo sabe y puede comprobar empíricamente, los precios SUBEN como consecuencia del canon en diversos productos. Formular la engañifa de que “se le cobra a la empresa” y “nunca nunca al consumidor” no es más que una falacia. Es totalmente imposible justificar que se cobre a alguien más dinero por un cd si no copia música pirata… pero usted parece justificarlo.
    ¿Cuál es el problema? El problema obviamente, es que resulta muy difícil congeniar los derechos de los autores (que existen y reconozco) con los de la gente de calle. Yo compro mi CD y como de 100 personas que compran un CD 20 (o los que sean) lo usan para piratear, todos pagamos un poquito para compensar el pirateo. Como el bar X pone un disco de Bisbal, el que pone un disco de música clásica también paga.
    Es totalmente imposible escuchar la música que se pone en TODOS los bares de España o seguir la pista a cada uno de los CDs que se vende para comprobar si habría o no que pagar el canon y a quién (punto fundamental). En esta situación de incertidumbre la balanza está, en este momento, a favor de la SGAE (que es la que gana siempre, con el porcentaje de descuento, y no el autor de Teruel, que a veces gana y a veces no) y en contra del pueblo (en el que pagan justos por pecadores), por lo que es totalmente lógico y normal el enfado del pueblo y a la SGAE le toca aguantarse y rezar para que la ley no cambie (y si no, que deje de robar a los justos y que persiga sólo a los pecadores).
    Un saludo

  19. On 28/08/2009 at 15:12 Miguel Said:

    Por no hablar de la teoría de la socialización del daño… yo quiero socializar la justicia, la sanidad… pero no quiero socializar los ingresos de Bisbal o de Julio Iglesias, me temo que no paso por ahí. Y como ahora me saldrán con el cuento del pobre autor de Teruel… que se cree la SGAE para ayudar a los ‘artistas con pocos recursos’ y no para engordar los bolsillos de los que ya los tienen bien llenos (resultando por tanto incluso DOLOROSO que se hable de que la sociedad tenga que ’socializar’ para pagarles más dinero) y entonces probablemente tenga mucha mejor prensa y sea mejor vista

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